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Competencias UNGRD en actuaciones de desalojo forzoso – sujetos de especial protección constitucional
Fecha
2026-01-21Lugar
Bogotá D.C.
Idioma
es
Tipo de documento
Consultoría
Colecciones
- Conceptos Jurídicos [147]
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemConcepto jurídico 2026EE01086 del 21 de enero de 2026 sobre las competencias de la UNGRD en el apoyo a inspecciones de policía en materia de desalojo - 20260127_Respuesta
Resumen
De conformidad con el marco normativo vigente, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres – UNGRD - no es competente para brindar apoyo directo a las inspecciones de convivencia y paz en la garantía de los derechos fundamentales de sujetos de especial protección constitucional en casos de desalojo por ocupación irregular de predios. Ello obedece a que dichos desalojos constituyen actuaciones de naturaleza policiva, reguladas por el artículo 79 de la Ley 1801 de 2016, orientadas al amparo del derecho de propiedad y al restablecimiento del orden jurídico y la convivencia, y no a la prevención, reducción o manejo de riesgos derivados de amenazas naturales o antrópicas no intencionales. En consecuencia, estos escenarios resultan ajenos al ámbito material de la gestión del riesgo de desastres y no activan, por sí mismos, las competencias misionales de la UNGRD
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