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Radicado UNGRD: 2025EE15807
Date
2025-09-10Place
Bogotá D.C.
Language
es
Document type (spa)
Consultoría
Collections
- Conceptos Jurídicos [144]
Metadata
Show full item recordConcepto jurídico sobre declaratoria de siniestro, exigibilidad de garantía asegurada y procedimiento sancionatorio en contrato sometido al régimen especial de la Ley 1523 de 201 - 20250916_Respuesta del 10 de septiembre de 2025
Abstract
Dentro de las funciones otorgadas al municipio, se encuentra precisamente el ordenamiento del territorio, que posibilite a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructura de trasporte, que permita el mejoramiento de la calidad de vida. La Ley 1454 de 2011, señala el principio de autonomía de las entidades territoriales el cual estableció: Artículo 26. Definición de Competencia. Para los efectos de la presente ley, se entiende por competencia la facultad o poder jurídico que tienen la Nación, las entidades territoriales y las figuras de integración territorial para atender de manera general responsabilidades estatales. Artículo 28. Los departamentos y municipios tendrán autonomía para determinar su estructura interna y organización administrativa central y descentralizada; así como el establecimiento y distribución de sus funciones y recursos para el adecuado cumplimiento de sus deberes constitucionales. Sin perjuicio de su control de constitucionalidad o de legalidad, estos actos no estarán sometidos a revisión, aprobación o autorización de autoridades nacionales. PARÁGRAFO. Los municipios son titulares de cualquier competencia que no esté atribuida expresamente a los departamentos o a la Nación. Cuando el respectivo municipio no esté en capacidad de asumir dicha competencia solicitará la concurrencia del departamento y la Nación
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